Acoso laboral, acoso sexual y hostigamiento sexual: ¿cuál es la diferencia y cómo gestionarlo correctamente?

Avatar de Anayra Molina

 En este artículo

Encontrará las diferencias entre acoso laboral, acoso sexual y hostigamiento sexual. Tres conductas de distinta naturaleza que requieren una gestión diferenciada. Se explican sus características particulares, los elementos que permiten distinguirlas y los aspectos que deben considerarse para orientar correctamente la atención de cada caso a través de un Canal de Denuncias estructurado.


Aunque en el ámbito laboral se emplean de manera indistinta los términos acoso laboral, acoso sexual y hostigamiento sexual, se trata de conductas de distinta naturaleza. La forma de la conducta, la vinculación entre los involucrados y la presencia o falta de subordinación constituyen rasgos particulares que permiten diferenciarlas. Reconocer adecuadamente tales diferencias resulta esencial para ponderar los hechos observados y definir la vía de atención idónea para cada situación.

La Ley Federal del Trabajo en su artículo 132, fracción XXXI, establece que las personas empleadoras tienen la obligación de implementar, en acuerdo con las personas trabajadoras, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atender los casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual. En consecuencia, la gestión de una posible conducta indebida requiere más que su identificación; implica contar con mecanismos y procedimientos que permitan recibir, analizar y atender los reportes, así como dar seguimiento y documentar las actuaciones realizadas conforme a las circunstancias particulares de cada caso.


Acoso laboral: características y formas de manifestación

El acoso laboral, también conocido como mobbing, se relaciona con una serie de conductas hostiles que buscan intimidar, excluir, desacreditar o afectar a una persona dentro de la relación laboral.

El acoso laboral se manifiesta de manera sistemática a través de una serie de actos o conductas hostiles dirigidas contra alguno de los integrantes de la relación laboral. En este sentido, un acto aislado, por sí mismo, no necesariamente constituye acoso, debido a que se requiere cierta continuidad o reiteración de la conducta agresiva en perjuicio de la persona trabajadora o, en su caso, del superior jerárquico.

La dinámica de estas conductas puede adoptar diversas modalidades, que van desde la exclusión de la persona de las actividades o funciones que le corresponden, las agresiones verbales y descalificaciones dirigidas hacia su persona, hasta la asignación excesiva o desproporcionada de cargas de trabajo. Estas acciones pueden tener como finalidad o consecuencia el menoscabo de la autoestima, la salud, la integridad, la libertad o la seguridad de la persona afectada, situación que adquiere especial gravedad debido a la posición de vulnerabilidad en la que puede encontrarse el sujeto pasivo dentro de la relación laboral.


¿Cómo debe gestionarse un posible caso de acoso laboral?

Cuando una organización recibe un reporte relacionado con posible acoso laboral, el análisis debe considerar el contexto y la relación entre las personas involucradas.

Entre otros elementos, puede ser necesario revisar:

  • La naturaleza y frecuencia de las conductas reportadas.
  • El periodo durante el cual se han presentado.
  • Las personas involucradas y su relación laboral.
  • Posibles testigos o elementos de evidencia.
  • Antecedentes relevantes.
  • Las condiciones en las que se desarrollaron los hechos.

El objetivo de esta valoración inicial no es determinar automáticamente la responsabilidad de una persona, sino identificar los elementos necesarios para definir la ruta de atención correspondiente.


Acoso sexual: abuso de poder sin relación de subordinación

A diferencia de otras manifestaciones de violencia, el acoso sexual se caracteriza fundamentalmente por incorporar conductas de connotación sexual.

Conforme al artículo 3o. Bis, inciso b, de la Ley Federal del Trabajo, el acoso sexual constituye un acto violento en el que, aun sin existir subordinación laboral, acontece un ejercicio abusivo del poder que coloca a la víctima en indefensión y riesgo, ya sea mediante un evento único o reiterado; en consecuencia, la falta de una jerarquía formal no le resta gravedad ni relevancia.

Puede presentarse, por ejemplo, entre personas que ocupan posiciones similares dentro de su organización. Lo importante es analizar las circunstancias concretas y determinar si existe una conducta que pueda encuadrar en este tipo de violencia.


¿Cómo debe gestionarse un posible caso de acoso sexual?

La organización debe analizar las circunstancias concretas en las que ocurrieron los hechos y la naturaleza de las conductas reportadas.

La atención puede requerir:


Hostigamiento sexual: el factor determinante de la subordinación

Si bien el hostigamiento sexual comparte la presencia de conductas de carácter sexual con el acoso sexual, existe un componente fundamental que los diferencia: la existencia de una relación jerárquica o de subordinación real entre las partes.

La Ley Federal del Trabajo en su artículo 3o. Bis, inciso a, define el hostigamiento como el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor, manifestado mediante conductas verbales, físicas o ambas.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en sus artículos 13 y 15, fracciones II y III, menciona igualmente la subordinación como elemento para distinguir el hostigamiento sexual del acoso sexual. Además, contempla que cuando se determine la existencia de conductas de hostigamiento sexual, podrán implementarse medidas de protección para la persona afectada y medidas disciplinarias proporcionales a la gravedad de los hechos, incluyendo amonestaciones, capacitación obligatoria, restricciones de contacto, cambios de adscripción, suspensión temporal de labores, remoción de funciones de supervisión, terminación de la relación laboral y, en su caso, notificación a las autoridades competentes.


¿Cómo debe gestionarse un posible caso de hostigamiento sexual?

Además de analizar los hechos y la evidencia disponible, la organización debe considerar la relación de subordinación y el posible ejercicio de poder.

La atención puede contemplar, dependiendo de las circunstancias:

  • Medidas para proteger a la persona afectada.
  • Restricciones de contacto cuando sean necesarias.
  • Investigación conforme al protocolo interno.
  • Entrevistas con las personas involucradas y posibles testigos.
  • Medidas para evitar represalias.
  • Acciones disciplinarias proporcionales cuando correspondan.
  • Notificación a las autoridades competentes cuando resulte procedente.

¿Cómo debe gestionarse cada caso?

Identificar las diferencias entre estas conductas no solo permite clasificarlas conceptualmente; también proporciona elementos para orientar su atención.

Cuando una organización recibe un reporte sobre una posible situación de acoso laboral, acoso sexual u hostigamiento sexual, debe contar con información suficiente para analizar los hechos, identificar las circunstancias involucradas y determinar las actuaciones que correspondan.

La atención de estos casos puede requerir distintas actuaciones, dependiendo de las circunstancias y de los resultados del análisis.
Entre ellas pueden encontrarse:

La clasificación inicial de una denuncia no debe entenderse como una conclusión sobre la responsabilidad de una persona, sino como un elemento para orientar correctamente su atención y determinar las actuaciones correspondientes.


¿Por qué es importante contar con un Canal de Denuncias?

Contar con un Canal de Denuncias permite establecer un mecanismo formal para que las personas puedan comunicar posibles conductas indebidas y para que la organización pueda registrar, analizar, investigar, dar seguimiento y documentar la atención de cada caso.

Esto resulta especialmente relevante porque los diferentes tipos de violencia pueden requerir rutas de atención distintas.

Un caso de acoso laboral puede requerir analizar una serie de comportamientos, su frecuencia y la relación entre las personas involucradas. En un posible caso de acoso sexual u hostigamiento sexual, además de analizar los hechos, debe considerarse la naturaleza sexual de la conducta y, en su caso, la existencia o ausencia de subordinación.

Por ello, el canal de denuncias no debería limitarse a recibir información. Debe permitir conservar la evidencia, mantener la confidencialidad, asignar responsables, registrar actuaciones y dar seguimiento al caso hasta su conclusión.

La propia legislación contempla la importancia de establecer mecanismos y procedimientos para atender estas conductas. La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia señala que deben establecerse dichos mecanismos para favorecer su erradicación en centros laborales y procedimientos administrativos claros y precisos para sancionarlas; además, establece medidas para evitar la exposición pública de la víctima y sancionar la omisión de superiores que no reciban o den curso a una queja.


Conclusión

Distinguir entre acoso laboral, acoso sexual y hostigamiento sexual permite comprender la naturaleza de cada conducta y establecer una atención acorde con las circunstancias de cada caso. La existencia de una denuncia requiere más que su registro: es necesario analizar los hechos, identificar los elementos involucrados, determinar las medidas que correspondan y documentar las actuaciones realizadas.

En este contexto, un Canal de Denuncias estructurado facilita que cada reporte siga una ruta de atención, con confidencialidad, seguimiento, responsables y evidencia. De esta manera, la organización puede gestionar las denuncias de forma ordenada y contar con información que contribuya a prevenir nuevas conductas de violencia y fortalecer su gestión del cumplimiento laboral.


Con nuestro módulo Canal de Denuncias, interponga su denuncia, queja o sugerencia desde cualquier dispositivo y cualquier lugar.

Además, realice en tiempo real el seguimiento de sus denuncias, quejas o sugerencias, ingresando el número de reporte y el código de verificación proporcionado al usuario.

Su dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

guest
0 Comentarios
Más antiguo
Más nuevo Más votado

Suscríbase a nuestro boletin

¡Suscríbase ahora!

También podría interesarle