STPS simplifica los trámites relacionados con el REPSE

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Entre las medidas anunciadas se incluyen cambios aplicables al Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), con el objetivo de simplificar diversos procedimientos administrativos y reducir cargas regulatorias para las empresas.

Estas modificaciones forman parte de las acciones implementadas por la autoridad para facilitar la gestión de trámites y optimizar los procesos administrativos para las empresas que prestan servicios especializados o ejecutan obras especializadas.

Se fusionan los trámites del REPSE

Uno de los cambios más relevantes consiste en la integración de los trámites de inscripción, renovación y cancelación del REPSE bajo una sola denominación y homoclave.

Antes:

TrámiteHomoclave
Registro de Prestadoras de
Servicio Especializadas (Inscripción).
STPS-2026-086-002-A
Registro de Prestadoras de
Servicios Especializados
u Obras Especializadas (Cancelación).

STPS-2026-086-002-B 
Registro de Prestadoras de
Servicios Especializados
u Obras Especializadas (Renovación).

STPS-2026-086-002-C 

Ahora:

Registro de Prestadoras de
Servicios Especializados
u Obras Especializadas (incluye
inscripción, renovación y cancelación)
STPS-086-002

Requisitos del trámite

El acuerdo establece requisitos diferenciados según el número de trabajadores de la persona física o moral solicitante.

  • Con hasta 10 trabajadores
  • Con más de 10 trabajadores 

Persona física
1. Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes. 

Persona moral 
1. Acta constitutiva
2. Escritura pública que contenga el objeto social vigente.

Persona física
1. Identificación oficial vigente.
2. Comprobante de nómina.
3. Registro(s) Patronal(es) ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
4. Cédula de Determinación de Cuotas del SUA (Sistema Único de Autodeterminación).
5. Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.

Persona moral 
1. Identificación oficial del representante legal.
2. Poder notarial.
3. Comprobante de nómina.
4. Registro(s) Patronal(es) ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
5. Cédula de Determinación de Cuotas del SUA (Sistema Único de Autodeterminación).
6. Acta constitutiva
7. Escritura pública que contenga el objeto social vigente.

Se reduce el tiempo de resolución

El plazo de resolución del trámite REPSE se reduce de la siguiente manera:

SolicitanteAntesAhora
Hasta 10 trabajadores20 días hábiles5 días hábiles
Más de 10 trabajadores20 días hábiles15 días hábiles

Conclusión

Las modificaciones entrarán en vigor al día hábil siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Entre los principales cambios para el REPSE destacan la fusión de los trámites de inscripción, renovación y cancelación bajo una sola homoclave, la diferenciación de requisitos conforme al número de trabajadores y la reducción de los tiempos de resolución para determinados solicitantes. Los trámites ingresados con anterioridad a la entrada en vigor del acuerdo continuarán resolviéndose conforme a la normatividad vigente al momento de su presentación.

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