La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) establece el marco para prevenir el lavado de dinero y la financiación al terrorismo. En su artículo 17 se establece aquellas actividades susceptibles a ser utilizadas para ocultar recursos de origen ilícito, conocidas como actividades vulnerables.

¿Qué es una actividad vulnerable?
Según la Recomendación 22 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), ciertas actividades y profesiones deben implementar medidas para prevenir el lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. En México, estas actividades se conocen como Actividades Vulnerables y están reguladas por la LFPIORPI.
Se trata de actividades que, por su naturaleza, pueden ser utilizadas por terceros para introducir, ocultar o movilizar recursos de origen ilícito, por lo que quienes las realizan deben cumplir obligaciones específicas para prevenir y detectar riesgos.
Relación entre SIROC y LFPIORPI
La reforma publicada el 16 de julio de 2025 en materia de prevención de lavado de dinero, incluye dentro de las actividades vulnerables, la prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles, así como la intermediación en la transmisión de propiedad o constitución de derechos sobre bienes inmuebles (Artículo 17, fracción V de la LFPIORPI). Adicional a lo anterior, se consideran vulnerables la recepción de recursos destinados a desarrollos inmobiliarios con fines de venta o renta.
Por lo tanto, quienes prestan estos servicios deben cumplir tanto con las obligaciones del SIROC ante el IMSS, así como con las obligaciones de prevención de lavado de dinero de la LFPIORPI 2025.
Lo anterior, significa que, además de las obligaciones frente al IMSS, los contratistas y desarrolladores deben cumplir con:
Identificación de clientes y usuarios: Recabar y verificar la identidad de las personas con las que se realicen actos u operaciones.
Conocimiento del cliente: Obtener información sobre la actividad u ocupación del cliente, así como sobre el beneficiario controlador, en su caso.
Monitoreo de operaciones: Vigilar las operaciones realizadas para detectar patrones inusuales o sospechosos.
Mecanismo automatizado: Monitorear permanente de actos u operaciones que realicen con las personas clientes o usuarias.
Presentación de avisos: Informar a la autoridad competente sobre operaciones que superen ciertos umbrales establecidos por la ley.
Conservación de información: Guardar la documentación relacionada con las actividades vulnerables por un periodo de 10 años.
Capacitación y auditoría: Implementar programas de capacitación para el personal y realizar auditorías internas para asegurar el cumplimiento de la ley.
La inclusión de los servicios de construcción como actividad vulnerable implica que las empresas del sector deben mantener doble cumplimiento: registrar correctamente las obras en SIROC y cumplir con las obligaciones de la LFPIORPI.
Cumplir con ambas responsabilidades, garantiza transparencia, seguridad jurídica y prevención de riesgos legales, fortaleciendo la gestión de obras y la confianza en el sector de la construcción.
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