Antecedentes del REPSE ¿Cómo surgió y por qué es importante?

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El Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) surge como parte del esfuerzo de la autoridad por regular el uso indebido de la subcontratación de personal, también conocida como outsourcing, toda vez que dicho esquema, en muchos casos, fue utilizado de manera abusiva para evadir responsabilidades patronales, precarizar las condiciones laborales y entorpecer la recaudación fiscal mediante la simulación de relaciones laborales y la omisión de contribuciones obligatorias para los patrones.

Ante esta problemática, el gobierno mexicano impulsó una serie de reformas que culminaron en un nuevo marco regulatorio, consolidado en el REPSE y las obligaciones que conlleva.

El 23 de  abril de  2021, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones en la Legislación Mexicana, dentro de las cuales se encuentran las siguientes:

  • Ley Federal del Trabajo.
  • Ley del Seguro Social.
  • Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
  • Código Fiscal de la Federación.
  • Ley del Impuesto sobre la Renta.
  • Ley del Impuesto al Valor Agregado.
  • Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.
  • Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral.

Según lo expuesto en el Dictamen emitido por las Comisiones Unidas del Trabajo y Previsión Social y Estudios Legislativos que motiva el Decreto publicado, podemos encontrar que el objetivo que persigue la autoridad es claro y consiste en:

Ser observantes a la recomendación 198 (R198) emitida por la Organización Internacional del Trabajo en el año 2006, que consiste en instrumentar políticas efectivas de los derechos de los trabajadores.

Evitar la práctica abusiva o simulada de esquemas que transgreden los derechos de los trabajadores.

Evitar los esquemas de subcontratación que en el ámbito fiscal han derivado en la disminución del pago del impuesto sobre la renta por concepto de salarios, así como la omisión en el entero del impuesto al valor agregado y solicitudes de devolución por tal concepto.

Evitar la comisión de actos delictivos por defraudación fiscal haciendo uso de esquemas de subcontratación.

Establecer reglas específicas a fin de que las personas físicas o morales contraten únicamente la prestación de servicios de carácter especializado o la ejecución de obras especializadas, erradicando con ello la simulación de relaciones laborales en perjuicio de los trabajadores y del erario público.

Como resultado de lo anterior, la subcontratación en México ha adoptado un nuevo marco operativo, en el que solo se permite cuando se trata de servicios u obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa contratante.

Otros aspectos importantes a considerar son las siguientes obligaciones que trae aparejado consigo dicho decreto, como lo es:

La Inscripción en el Padrón de Prestadoras de Servicio Especializado u Obras Especializadas de la Secretaría del Trabajo y Revisión Social

Las personas que ofrezcan servicios u obras especializadas deben estar inscritas en dicho padrón, asimismo, quienes contraten estos servicios tienen la obligación de verificar tanto la inscripción como la vigencia del registro.

Cabe destacar que la autoridad tiene la facultad de verificar el cumplimiento de las obligaciones patronales y fiscales de quienes prestan estos servicios, en caso de detectar algún incumplimiento, puede negar o, en su caso, cancelar el registro correspondiente.

Otro aspecto relevante es que la empresa contratante será responsable solidaria si la empresa que presta los servicios u obras especializadas incumple con sus obligaciones fiscales, laborales o de seguridad social. Esto ha generado ajustes en diversas disposiciones para garantizar el cumplimiento de esta nueva regulación, impactando directamente el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Sanciones principales del REPSE

La reforma en materia de subcontratación ha reforzado las penalizaciones para las empresas que incumplan con sus disposiciones, estableciendo multas más severas y responsabilidades adicionales.

A continuación, se detallan algunas de las principales conductas que pueden ser sancionadas con sus respectivos fundamentos:

Conducta

Prestar servicios de subcontratación sin contar con el registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Sanción

Multa de 2,000 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Fundamento

Artículos 13, 992 y 1004-C de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Contratar servicios especializados sin formalizar un contrato por escrito que detalle el objeto de los servicios u obras y el número de trabajadores involucrados.

Multa de 2,000 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Artículos 14 y 1004-C de la LFT.

No realizar la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) en los pagos de sueldos y salarios a los trabajadores.

Al catalogarse como responsable solidario, si el contratista no realiza la retención, se ve obligado a realizar el pago de la retención que corresponda, incluso si no descontó el monto.

Artículo 6, quinto párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF).

No proporcionar al contratante copia de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores.

Multa de $173,610.00 a $347,220.00 por cada obligación de entrega de información no cumplida.

Artículo 81, fracción XLV del CFF.

Consideraciones adicionales del REPSE

La reforma representa un avance significativo en la protección de los derechos laborales y la formalización del empleo en México, su correcta aplicación garantiza que los trabajadores accedan a beneficios clave, como:

Seguridad social

Participación en el reparto de utilidades (PTU)

Reconocimiento de la antigüedad laboral

Sin embargo; para el sector privado, esta reforma conlleva tanto beneficios como desafíos:

Beneficios para las empresas

comités de apoyo del consejo de administración

Mayor seguridad jurídica, al operar dentro de un marco normativo claro y reducir el riesgo de litigios laborales.

comités de apoyo del consejo de administración

Competencia más equitativa, al evitar que algunas empresas reduzcan costos mediante la evasión de obligaciones patronales.

comités de apoyo del consejo de administración

Mejora en la productividad y clima laboral, ya que al garantizar mejores condiciones, los trabajadores pueden estar más comprometidos y motivados.

Desafíos para las empresas

comités de apoyo del consejo de administración

Incremento en los costos operativos, debido a la obligación de contratar directamente a los empleados y cumplir con todas las cargas fiscales y laborales.

comités de apoyo del consejo de administración

Rigidez en la contratación, lo que puede dificultar la adaptación a fluctuaciones en la demanda de personal, especialmente en sectores que requieren flexibilidad laboral.

comités de apoyo del consejo de administración

Mayor carga administrativa, derivada de la necesidad de ajustar contratos, registrar servicios especializados en el REPSE y cumplir con nuevas obligaciones fiscales.


Para que la reforma se implemente correctamente, es clave cumplir con las reglas y adaptarse de forma ordenada, aunque trae desafíos para las empresas, también es una oportunidad para mejorar las relaciones laborales y crear un ambiente de trabajo más justo y transparente.

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