El Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) tiene una vigencia de tres años, conforme al segundo párrafo del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo. La falta de renovación en el plazo establecido no solo implica la baja automática del padrón, sino que activa una serie de consecuencias jurídicas, fiscales, operativas y reputacionales que pueden comprometer la continuidad de las operaciones de la empresa.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) interpreta que operar sin REPSE vigente equivale a prestar servicios sin autorización, lo cual puede derivar en la cancelación del registro y en la imposición de sanciones económicas conforme al artículo 1004-C de la Ley Federal del Trabajo, que prevé multas de hasta 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Cancelación automática y pérdida de facultades

La omisión en la renovación activa la causal de cancelación prevista en el Artículo Décimo Quinto, inciso g), del Acuerdo REPSE publicado en el Diario Oficial de la Federación en 2021:
| “No realizar en el plazo establecido la renovación que se señala en el segundo párrafo del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo” |
Una vez cancelado, el registro desaparece del padrón público y la empresa pierde la facultad legal para prestar servicios especializados. Si continúa operando, incurre en una infracción sancionable por parte de la autoridad laboral.
Para conocer las consideraciones técnicas y operativas sobre el proceso de renovación, se recomienda consultar el siguiente blog: Renovación REPSE: Consideraciones importantes.
Efectos fiscales y contractuales inmediatos Cancelación automática y pérdida de facultades
La cancelación del REPSE tiene efectos fiscales inmediatos. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede desconocer deducciones relacionadas con proveedores cancelados, lo que afecta tanto al contratista como al beneficiario. Asimismo, una opinión negativa de cumplimiento ante el SAT, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT) puede bloquear la reinscripción y activar revisiones cruzadas entre autoridades.
En el ámbito contractual, la falta de REPSE vigente puede justificar la rescisión de contratos por parte del beneficiario, la retención de pagos o la exclusión de procesos de licitación. La vigencia del registro constituye una condición operativa esencial para mantener relaciones comerciales válidas.
Sanciones económicas por operar sin registro vigente
El artículo 1004-C de la LFT establece que operar sin cumplir con las disposiciones de subcontratación puede ser sancionado con multas de 2,000 a 50,000 veces la UMA. En 2025, esto equivale a montos entre $226,000 y $5,657,000 MXN, dependiendo de la gravedad, reincidencia y tamaño de la empresa.
Estas sanciones no requieren una inspección presencial: pueden derivarse de cruces de información entre autoridades, especialmente si la empresa sigue facturando servicios especializados sin registro vigente.
Riesgo reputacional y trazabilidad documental
Figurar como empresa cancelada en el padrón público afecta la percepción de cumplimiento ante clientes, socios y otras partes interesadas. La trazabilidad documental se vuelve crítica: sin registro vigente, cualquier inspección laboral o fiscal puede escalar rápidamente.
Además, la cancelación puede ser interpretada como indicio de evasión o simulación, especialmente si se combina con inconsistencias en nómina, contratos o registros patronales. En contextos de fiscalización, la falta de REPSE puede ser el detonante de revisiones más amplias.
Acciones recomendadas en caso de cancelación
Si el REPSE fue cancelado por omisión en la renovación, la empresa debe:
- Suspender de inmediato la prestación de servicios especializados.
- Regularizar obligaciones fiscales y de seguridad social.
- Reunir evidencia documental que acredite la especialidad del servicio.
- Evaluar la posibilidad de reinscripción en la plataforma REPSE, una vez subsanadas las causas de cancelación.
Cabe señalar que la STPS no contempla prórrogas ni reactivaciones automáticas. El proceso debe iniciarse desde cero, cumpliendo con todos los requisitos vigentes.
| La omisión en la renovación del REPSE constituye una falta que puede derivar en cancelación, sanción económica, pérdida de contratos y exposición a fiscalización. La renovación debe ser tratada como una función crítica de cumplimiento, con controles automatizados, trazabilidad documental y revisión periódica de obligaciones. En el contexto actual, la vigencia del REPSE es un indicador de legalidad, continuidad operativa y competitividad empresarial. Perderlo implica mucho más que volver a tramitarlo. |
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