La Corrección Patronal es un procedimiento establecido en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización que permite a los patrones (o sujetos obligados) regularizar el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

¿Qué es?
La Corrección es el documento que elabora el patrón o sujeto obligado para regularizar el cumplimiento de sus obligaciones ante el IMSS.
Artículo 2, fracción IX Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF).
Tipos de corrección patronal
- Corrección espontánea: Se inicia a solicitud del propio patrón mediante la presentación de un escrito de corrección patronal. El Instituto debe resolver la solicitud en un plazo no mayor a quince días hábiles; si no lo hace, se entiende que ha sido aceptada.
- Corrección por Invitación: Se lleva a cabo en respuesta a un oficio de invitación emitido por el IMSS, donde se invita al patrón a regularizar su situación. El patrón debe presentar por escrito, en un plazo no mayor a seis días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, su aceptación de corregirse.
Artículos 178 y 179 Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF).
Formas de presentación
- En línea: A través de la plataforma digital del IMSS.
➡️https://www.imss.gob.mx/tramites/imss02073
- Presencial: Ante la unidad administrativa correspondiente, de acuerdo con los siguientes criterios:

Corrección por registro patronal específico: En la unidad administrativa del Instituto que corresponda a su registro patronal.

Corrección sobre la totalidad de registros patronales: En la unidad administrativa que corresponda a su domicilio fiscal.
Periodos de regularización
Corrección espontánea:
El periodo a regularizar abarca el ejercicio fiscal inmediato anterior y el periodo transcurrido hasta la fecha de presentación de la solicitud.
Corrección por Invitación:
Abarca los dos últimos ejercicios fiscales más el periodo transcurrido a la fecha de la notificación.
Nota para la Industria de la Construcción: Los patrones de la industria de la construcción pueden optar por regularizar sus obligaciones por cada una de las obras o por ejercicio fiscal.
Artículo 179 Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF).
Proceso y Documentación
Una vez aceptada la solicitud de corrección, el patrón o sujeto obligado tiene un plazo máximo de cuarenta días hábiles contados a partir de la fecha de aceptación para presentar la corrección.
La documentación que debe acompañar a la corrección incluye:
- La documentación que sustente dicha corrección.
- Copia del comprobante de pago de las cuotas obrero patronales.
- El formato impreso o el medio magnético correspondiente al programa informático autorizado por el Instituto para el pago.
- Constancia de la presentación de los avisos afiliatorios y movimientos salariales resultantes de la corrección.
El Instituto puede otorgar una prórroga, por única vez, de hasta diez días hábiles previa solicitud patronal.
Artículo 180 Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF).
Proceso de revisión y validación.
Revisión de información: El Instituto tiene la facultad de revisar la documentación presentada y, en su caso, validar la corrección.
Solicitud de Información Complementaria: En caso de considerarlo necesario, el Instituto podrá solicitar al patrón documentos o información complementarios dentro de un plazo máximo de 20 días hábiles posteriores a la entrega inicial. El patrón contará con 10 días hábiles para atender dicho requerimiento a partir de su notificación.
Detección de diferencias: Si de la revisión se derivan discrepancias respecto a lo declarado por el patrón, estas se notificarán por escrito para su aclaración o para que se efectúe el pago correspondiente dentro de los quince días hábiles siguientes.
Plazo de Revisión: El Instituto realizará la revisión en un plazo de ciento veinte días hábiles.
Conclusión del trámite: Una vez aclaradas y pagadas las diferencias, el Instituto validará la corrección y el trámite se dará por concluido.
Artículos 180 y 181 Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF).
Solo en caso de que exista denuncia de algún trabajador o se compruebe que el patrón proporcionó información o documentación falsa, el Instituto ejercerá sus facultades de comprobación.
Artículo 181 Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF).
Los patrones o sujetos obligados que concluyan satisfactoriamente su corrección estarán sujetos a los mismos beneficios previstos para los patrones que se dictaminan, lo que incluye no ser sujetos de visitas domiciliarias por el o los ejercicios corregidos, salvo que se comprueben irregularidades graves.
Artículo 182 Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF).
La corrección patronal constituye una herramienta fundamental para que los patrones y sujetos obligados puedan regularizar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad social. Este procedimiento ofrece certeza jurídica y la oportunidad de subsanar omisiones de manera voluntaria o a invitación del Instituto, evitando con ello sanciones más severas y procedimientos de fiscalización más intrusivos.
Al conocer los plazos, requisitos y efectos de la corrección, las empresas pueden anticiparse a contingencias legales y financieras, así como fortalecer su cultura de cumplimiento. En este sentido, la corrección no solo representa un mecanismo de regularización, sino también una estrategia preventiva que contribuye a la transparencia, la responsabilidad patronal y la protección de los derechos de los trabajadores.
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